miércoles, 4 de abril de 2007

Norambuena interviene en la Cámara a favor de parvularias

Su preocupación por situación que esta afectando a un importante numero de parvularias expreso el diputado de la Unión Demócrata Independiente por Lota y Arauco Ivan Norambuena Farias, quien intervino en la sesión de la Cámara de Diputados de del martes 3 de abril.

El parlamentario junto al concejal de Curanilahue Cristian Gengnagel sostuvo un encuentro con un importante numero de estas profesionales de la educación el pasado 28 de octubre en la comuna minera, en donde expusieron el problema laboral que afecta a las parvularias del primer ciclo básico cuyo contratos son regios por el código del trabajo y no por el estatuto docente.

Norambuena, afirmo en su intervención que el Código del Trabajo permite transformar en indefinido el contrato de trabajo de quienes se desempeñen por doce meses continuos. Por lo tanto, una rotación puede ser perjudicial para quienes desempeñan dicha función.

Por otra parte, agrego Norambuena ,la Constitución Política de la República, en el capítulo De Los Derechos y Deberes Constitucionales, consagra el derecho a la educación, estableciendo que el Estado promoverá la educación parvularia, con el fin de favorecer en forma sistemática, oportuna y pertinente, aprendizaje de calidad para todos los niños y niñas menores de seis años, hasta su ingreso a la educación básica.

No obstante, dicho derecho constitucional se ha visto lesionado respecto de los profesionales de la educación del primer nivel de transición, frente a dictámenes de la Contraloría que les impiden ampararse en la norma del Estatuto Docente, dejándolos en una situación de desmedro respecto de los otros educadores que imparten la docencia al segundo nivel de transición.

En virtud de un dictamen de la Contraloría General de la República, de 5 de febrero de 2007, se ha establecido que las educadoras de párvulos que imparten docencia en el primer nivel de transición no se rigen al amparo de la ley N°19.070, Estatuto Docente, estableciendo respecto de ellas una relación regida por la ley laboral común, sostuvo el parlamentario gremialista.

No parece razonable una discriminación de esta naturaleza, ya que si la norma vigente autoriza el resguardo del Estatuto Docente a los profesionales de la educación que prestan servicios en el segundo nivel de transición, ¿qué razón de derecho, de justicia, o de sentido común, permitiría no incluir en esta ley a los profesionales de la educación en el primer nivel de transición?, sentencio Norambuena Farias.

Finalmente Norambuena solicito que se oficie a la ministra de Educación, a fin de que analice la situación descrita y permita dar prioridad a un proyecto de ley que incluya a los profesionales de la educación del primer nivel de transición al Estatuto Docente. Hoy es una aspiración muy sentida para dichos profesionales, y vendría a romper la discriminación de que están siendo objeto actualmente.

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